Crónica IV Seminario #politica2pto0: OGOV y E-Democracia (1ª parte)

El pasado 11 de abril de 2013, tuvo lugar en la universidad de Valencia el IV Seminario Política 2.0 de AVAPOL: E-Democracia y Open Government. Formaron parte de la mesa de inauguración de la jornada: María Elena Olmos Ortega, Decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valencia; Margarita Soler Sánchez, Directora del Departamento de Derecho constitucional y Ciencia Política y de la Administración de la universidad de Valencia, Joaquín Martín Cubas, Director de la jornada y profesor de Ciencias Políticas; y, finalmente, José Luis Sahuquillo Orozco, coordinador de la jornada y Secretario de AVAPOL. Cada uno de ellos dio unas pinceladas sobre el objetivo de la jornada.



En primer lugar tomó la palabra Jose L. Sahuquillo, coordinador del evento. El politólogo quiso agradecer desde el primer momento la confianza depositada en la Asociación Valenciana de Politólogos AVAPOL para organizar "el evento más destacado en materia de nuevas tecnologías y política de toda la Comunitat Valenciana". Fiel a la línea que esta siguiendo AVAPOL durante los últimos meses, Sahuquillo afirmó que "no podíamos girar la cabeza y mirar hacia otro lado. La sociedad reclama mayor participación ciudadana y unos mejores instrumentos de canalización de la voluntad del pueblo en la voluntad política". Además anunció que la voluntad de AVAPOL y de la Facultat de Dret es continuar con esta serie de seminarios que el año que viene cumplen cinco años, "necesitamos continuar creando debate y opinión en los asuntos de la agenda política"


En segundo lugar habló Joaquín Martín Cubas, quien destacó que en el actual contexto de crisis, las instituciones se debilitan, lo que puede debilitar a la propia democracia. La solución pasa por unas instituciones fuertes y representativas. Recordó que las democracias liberales han supuesto un aumento de la libertad a través del establecimiento de una serie de garantías, pero hay que mejorarlas y dar un paso más allá en la participación ciudadana. Por su parte, Margarita Soler, destacó que la mañana era para la academia y la tarde para la sociedad civil (una descripción bastante ajustada de las dos partes de la jornada). De este modo, se recogen dos perspectivas complementarias y la universidad recupera su conexión con la sociedad. Por último, Margarita Soler Sánchez recuerda que la universidad está para servir a la sociedad, colaborando y participando con ella en las búsqueda de soluciones justas a los problemas. Dadas las exigencias actuales de la sociedad, el marco constitucional actual parece no ser suficiente. Por ello, el open government puede ser la solución al permitir la comunicación directa y la participación de la sociedad en el gobierno en todos los niveles; pero los ciudadanos deberán aprender también a gestionar este tipo de control.

Tras la inauguración del seminario, se dio paso a la conferencia "La nueva ley de transparencia y buen gobierno: análisis DAFO", a cargo de Lorenzo Cotino, profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, quien fue presentado por María José Ferrer de San-Segundo, miembro de AVAPOL.

En primer lugar, contextualizó la situación en España, comparándala con el resto del mundo y su desarrollo histórico. Así, recordó que fue Suecia en 1766, con la aprobación de Acta de Libertad de Prensa, el primer país del mundo que reguló el acceso a la información, si bien se trató de un hito sin continuidad. Fue necesario esperar hasta 1881 para que el Reino unido regulara el right to publicity. En cualquier caso, lo que pretendía mostrar era que open government y transparencia no son tan novedosos y, en su opinión, lo que ha cambiado son las herramientas.


En su opinión, la Freedom of Information Act (FOIA) estadounidense, aprobada en 1966 y enmendada en 1996 para adaptarla a la nueva administración electrónica, es hoy la más completa del mundo. En la misma década de los sesenta, son aprobadas en Europa diferentes leyes regulando el acceso a la información. Asimismo, ya en aquella época, diferentes organizaciones internacionales como el FMI o el Banco Mundial, exigen la aprobación de leyes de transparencia a los países que pretendan obtener fondos de ellos. Esto explica que, al menos sobre el papel, muchos países en vías de desarrollo tengan leyes de transparencia más avanzadas que las nuestras. Por ejemplo, en muchos países de latinoamérica es posible acceder a la información sin necesidad de acreditar un interés legítimo. En Europa, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea ya incluye el derecho de acceso a la información pública. además, en 2009 fue aprobado el Convenio del Consejo de Europa sobre el Acceso a los Documentos Públicos (documento que, a día de hoy, España no ha ratificado), con el fin de solventar los problemas asociados al déficit democrático y lograr una mayor legitimidad.

Refiriéndose a la situación en España, recordó que sí existe un derecho de acceso a información pública, básicamente a través de los procedimientos y casos que establece la Ley 30/1992, pero anticuado e insuficiente. Y, para liar más la cosa, incluso tras la aprobación de la Ley de Transparencia que ahora se debate, seguirán vigentes leyes dispersas que regularán diferentes aspectos de este acceso, como la Ley de Reutilización de la Información del Sector Público y diferentes reglamentaciones autonómicas y locales.

Tras ponernos en situación, procedió al análisis de la Ley de Transparencia que ahora mismo se debate. Encuentra que la proposición de ley de 2011 es algo más innovadora que el texto socialista de 2009, si bien critica que se trate de un proceso legislativo opaco pues, aunque se abrió un periodo para que los ciudadanos presentaran sugerencias y posibles enmiendas a la ley, nunca se supo cuales fueron aceptadas y sobre que criterios.

El actual proyecto cuenta con 29 artículos, cinco disposiciones adicionales y nueve finales. El sujeto de la ley es todo el sector público, aunque existen zonas grises: los órganos constitucionales (Tribunal Constitucional, Congreso, Senado y algunos otros enumerados en el artículo 2.1.f), sólo estarían sometidos a ésta en la medida que realizaran actividades de Derecho Administrativo. La transparencia que se regula es una transparencia activa, lo que va más llá de un simple derecho de acceso, para convertirse en una puesta a disposición y difusión de la información sin necesidad de solicitarla. Para ello, el artículo 8 contempla la creación de un Portal de Transparencia que facilite el acceso a la información. En todo caso, Cotino hecha de menos una mayor concreción.



Para la ley, la información pública aparece definida en el artículo 10, y es básicamente toda la que emitan los sujetos públicos, en cualquier soporte, excepto si está incurso en elaboración o reelaboración, así como la privada en posesión del poder público en el ejercicio de sus funciones. Sin embargo, quedan fuera cosas como las comunicaciones internas. El derecho de acceso se universaliza. De hecho, los límites que establece al mismo el artículo 11 no recogen la necesidad de demostrar interés legítimo, como hasta ahora, aunque se sigue requiriendo la acreditación de identidad y está por regular el método de acreditación electrónica. Se permite además el acceso parcial a la información, artículo 13.

El plazo para dar contestación, artículo 17, es de un mes desde la recepción de la solicitud, ampliable a otro mes si el volumen o complejidad de la información solicitada lo requiriese. La Administración podrá pedir al solicitante, cuando no haya identificado suficientemente la información que desea, que la concrete, artículo 16.2. Asimismo, si la información solicitada afecta a terceros, se les concederá un plazo de quince días para que realicen las alegaciones oportunas, artículo 16.3. El acceso a la información será gratuito y preferentemente por vía electrónica, artículo 19. Sin embargo, podrán exigirse costes o tasas según el soporte en que se dé la información o el esfuerzo para recabarla. En cualquier caso, los costes no pueden ser disuasorios.

Por supuesto, señala, la ley consagra unos límites al ejercicio de este derecho, lo cual no es negativo en sí. Lo importante es la ponderación entre el interés legítimo y éstos. De este modo, aunque la Ley de Protección de Datos establezca una serie de límites también, puede haber casos en que exista un interés superior que motive dar la información solicitada. Lo que sí critica es que se establezca el silencio negativo. Por suerte, señala, lo que importa es que existan garantías para recurrir este silencio. El proyecto de ley recoge la posibilidad de realizar una reclamación previa ante la Agencia Estatal de Transparencia, Evaluación de las Políticas Públicas y de la Calidad de los Servicios que, si no es resuelta y notificada en el plazo de tres meses, se entenderá desestimada. En cualquier caso, siempre se podrá recurrir a la via judicial.

Tras este detallado análisis, el profesor Cotino pasó a nombrar brevemente la parte del texto dedicada al buen gobierno, que calificó como injerto desconectado del resto de la ley, que incluye infracciones y sanciones para los malgastadores, mientras que en la sección dedicada a la transparencia, no se incluye ninguna potestad sancionadora.

Entre las debilidades de la ley, apunta que se trata de un texto de mínimos, aunque suponga una mejora sustancial respecto a la situación anterior. Si bien la norma no es mala, ni es revolucionaria, ni recoge completamente los principios del gobierno abierto, cuya esencia son las nuevas tecnologías. Además, no hay asignación presupuestaria para su desarrollo; se atenderá con medios ya existentes. Pero no todo es negativo, también hay espacio para las oportunidades. La ley otorga margen para que las administraciones autonómicas y locales complementen la ley y le den concreción, estableciendo órganos concretos y dotándolos de potestad sancionadora; así como establecer qué información debe estar disponible y cómo (soporte). La gran amenaza para la ley, recuerda, es que se apruebe y la olvidemos, ya que se suele hablar mucho de participación y ciudadanía, pero es poca la gente que realmente participa y se interesa activamente por estos temas.

Jose L. Valenciano
Politólogo

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